En ocasiones nos encontramos con preguntas como: “¿Tengo que elegir un motivo para dar la baja del monotributo? O es al momento de emitir una factura que el contribuyente se da cuenta que está dado de baja y se sorprende: “¿Qué pasó? si yo no cambié nada”, “¿Por qué se dió de baja solo?” “¿Y ahora qué hago?”.
No te desesperes, todo tiene un motivo y una solución. A continuación te mostraremos los posibles casos de baja del monotributo y cuáles son sus consecuencias. Tené en cuenta que en algunos casos es AFIP quien puede darte de baja y no necesariamente producto de tus acciones.
Motivos para darte de baja del monotributo de manera voluntaria
Si estás siguiendo los pasos indicados en el artículo de cómo dar de baja el monotributo, y necesitás seleccionar un motivo de baja, a continuación podrás ver las diferentes opciones:
Cese de actividades
Se da cuando suspendés tus actividades por un tiempo o dejás de ejercerlas definitivamente. Seleccionando esta opción podrás reingresar al régimen del monotributo en cualquier momento, es decir, podés volver a inscribirte cuando quieras.
Si te olvidaste de dar la baja del monotributo o no lo hiciste en el mes que correspondía, tenés que hacer una baja retroactiva, es decir, dar la baja meses hacia atrás. Este trámite se puede realizar haciendo una presentación digital adjuntando pruebas adicionales de la baja original es decir la baja de ingresos brutos o habilitación municipal. Otros ejemplos pueden ser la baja en el prestador de energía eléctrica, o cancelación del contrato de alquiler.
Renuncia al régimen
Este tipo de baja se puede dar por ejemplo si superás los parámetros permitidos en el monotributo, o si cambiaras al Régimen General (Responsable Inscripto).
Si la baja la realizás por este motivo, no podrás volver al régimen del monotributo por tres años.
Baja monotributo por exclusión
Este motivo se da cuando AFIP detecta que superaste los parámetros permitidos en el monotributo. Tené en cuenta que no podrás volver a adherirte a este régimen hasta que hayan transcurridos tres años completos posteriores a la exclusión. De todas formas, deberás inscribirte en el Régimen General (Responsable Inscripto). Para saber por qué fuiste excluido y cuales son los pasos a seguir, te invito a leer el siguiente artículo: “Exclusión monotributo”.
Baja monotributo por fallecimiento
En este caso deberás tener en cuenta que dentro de los 60 días corridos desde el fallecimiento, el cónyuge o los herederos, tienen que acercarse a la agencia de AFIP que le correspondía a la persona difunta por su domicilio y presentar:
- Formulario 981
- Original y copia autenticada del acta de defunción o declaración judicial en el caso que se presuma fallecimiento, si la persona se encuentra ausente.
Motivos por los que AFIP puede darte de baja del monotributo automáticamente
Si querés darte de baja del monotributo y te aparece un cartel que dice: “No registra motivo para cancelar impuestos y/o regímenes” seguramente sea porque te hayan dado de baja el monotributo de forma automática. En este caso debés evaluar cuál fue el motivo de la baja y cómo resolverla.
Baja por falta de pago:
La baja automática del monotributo, también conocida como baja de oficio, se da cuando el contribuyente deja de pagar la cuota mensual de AFIP por 10 meses consecutivos. Podrás reingresar al régimen pagando la deuda. En estos casos es posible armar un plan de pagos que facilite la cancelación de la deuda. Podrás dar de alta el monotributo, una vez que haya impactado el pago en AFIP, generalmente, luego de 48 hs de haber realizado el plan de pagos.
Baja por incumplimientos:
La AFIP puede darte la baja cuando detecta incumplimientos en los requisitos para seguir siendo monotributista. Podés conocer toda la información que necesitás en el artículo exclusión del monotributo.
Baja del monotributo: consultas relacionadas
¿Qué pasa con la deuda si me doy de baja del monotributo?
Si tenés deuda y querés dar de baja el monotributo, no es necesario que abones los períodos adeudados para poder darte de baja, pero es importante tener en cuenta que esa deuda pendiente seguirá acumulando intereses hasta el momento en que realices el pago. No es necesario pagar la deuda para volver a inscribirte en el Monotributo.
¿Qué pasa con la obra social y los aportes jubilatorios?
Si te das de baja en el monotributo, dejarás de hacer aportes a la obra social y a la jubilación. Recordá que tendrás cobertura médica hasta 3 meses posteriores a la baja del monotributo.
Si me jubilo, ¿es necesario dar de baja el monotributo?
Para jubilarte no es necesario darte de baja en el monotributo, solo tenés que estar al día con los aportes.
Si luego de jubilarte querés seguir con la actividad, deberás modificar los datos del monotributo en AFIP. La modificación tendrá efecto a partir del mes que hagas el cambio. Si tenés dudas acerca de este trámite, hacé clic acá.