Recategorización monotributo 2025 ¿Hay que hacerla?

Ley bases, actualización de los topes de facturación, modificaciones a las obras sociales y la creación de ARCA son algunos de los tantos cambios anunciados e implementados este año. Es lógico esperar que con tantas modificaciones te estés preguntando si estás obligado a hacer la recategorización. A continuación te explicamos todo lo que necesitás saber y porqué hay que volver a hacerla en el mes de enero.

¿Qué es la recategorización del monotributo?

La recategorización del monotributo significa evaluar si la categoría del monotributo en la cual te encontrás actualmente inscripto sigue siendo la adecuada y correcta. Para hacerlo, deberás evaluar si hubo un cambio en alguno de los parámetros del Monotributo (aumentos o disminuciones en los 12 meses anteriores), y si corresponde, actualizar tu categoría. Los parámetros son:

  • Ingresos brutos (tu facturación).
  • Consumo de energía eléctrica del local que usás para tu actividad (factura de luz).
  • Alquileres y metros cuadrados ocupados de tus locales (ver contrato de alquiler).

Si cambiaste de actividad o incorporaste una nueva, también deberás tener en cuenta estos cambios para la recategorización.

Una vez efectuada la recategorización, podrías pagar una nueva cuota al mes siguiente de haberte recategorizado en caso de haber modificado tu categoría.

¿Cuándo me puedo recategorizar?

La recategorización es un trámite obligatorio que se realiza dos veces al año en los meses de enero y julio. La fecha de inicio es anunciada cerca de la fecha por el ARCA y finaliza el día 5 de febrero, para la recategorización que tiene lugar en enero, y el día 5 de agosto, para el periodo de julio.

En el caso de la recategorización de enero tenés que tener en cuenta todo lo facturado entre enero y diciembre del año anterior. Para la recategorización que vence en agosto, debés sumar las facturas emitidas entre julio del año anterior y junio del año en curso.

Recategorizate suscribiendote a nuestro Plan Premium que te permite manejar tu monotributo y cumplir con tus obligaciones fiscales o abonando el trámite por única vez.

¿Quienes NO están obligados a realizar la recategorización del monotributo?

Los contribuyentes que no están obligados a realizar la recategorización son aquellos:

  • inscriptos hace menos de 6 meses
  • inscriptos en el Monotributo Promovido
  • inscriptos en el Monotributo Social

¿Qué es la recategorización de oficio?

La recategorización de oficio ocurre cuando ARCA cambia de categoría al contribuyente de manera sistemática porque considera que este no está encuadrado en la categoría correcta. Las razones por las cuales esto podría suceder es cuando detecta o considera que hubieron gastos, compras o acreditaciones bancarias inconsistentes con los establecidos en su categoría. En otras palabras, cuando los ingresos brutos o facturación del contribuyente excedan el límite establecido por su categoría.

En enero de 2018 la AFIP, actualmente el ARCA, recategorizó de oficio a 21.500 monotributistas. En estos casos, el monotributista será notificado únicamente a través de su cuenta de ARCA, ingresando con CUIT y clave fiscal a la sección “e-ventanillas”. En caso de estar en desacuerdo, el contribuyente cuenta con 15 días para apelar. Una vez finalizado este periodo se pierde el recurso.

¿Cómo puedo realizar la recategorización?

La recategorización se puede hacer de manera personal ingresando al página web de ARCA con CUIT y clave fiscal, contratando los servicios de un contador o suscribiendote a nuestro Plan Premium que te permite manejar tu monotributo y cumplir con tus obligaciones fiscales o abonando el trámite por única vez dejándolo en nuestras manos.