El gobierno anunció importantes cambios en las obras sociales con el objetivo de promover la libre competencia y mejorar el acceso a la salud de los contribuyentes pero sin comprometer al sistema. Todos los monotributistas están obligados a realizar aportes a la obra social y el 50% del impuesto mensual a la AFIP está destinado al pago de la misma. Es decir, un monotributista inscripto en la categoría A tiene que pagar $26.600,00 a la AFIP todos los meses de los cuales $13.800,00 están destinados al pago de una obra social. Los únicos monotributistas que no estarían obligados a hacerlo son aquellos que trabajan en relación de dependencia, aportan a una caja de seguridad o están jubilados. Tampoco aquellos inscriptos en el monotributo promovido.
Bajo el Decreto 955/2024 se establecieron las siguientes modificaciones, que entrarán en vigencia a partir del 1 de diciembre 2024:
- Se creará un nuevo registro de obras sociales que deseen atender a los monotributistas
- Se otorgará la posibilidad a las obras sociales de limitar el ingreso de los monotributistas dependiendo su categoría
- Se obligará a los monotributistas a permanecer 12 meses en la obra social que eligieron
- Se incorporará de manera progresiva a los monotributistas de manera progresiva al programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE). Después de estar afiliado durante 6 meses se ampliará la cobertura con más cantidad de prestaciones